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SOI te informa: Cambios en los aportes de seguridad social de aprendices

En SOI estamos comprometidos contigo y por eso te mantenemos informado sobre las últimas novedades normativas.

Te informamos que de acuerdo con la Circular 0083 del 18 de julio del 2025 expedida por el Ministerio del Trabajo, y la Aclaración 20250722_Aprendices_1046862 del 21 de julio expedida por el Ministerio de salud y protección social, se realizarán los siguientes cambios referente a la liquidación y pago de seguridad social de los aprendices:

  • EL cotizante 12 "Aprendices en etapa lectiva" se deshabilitará desde el periodo julio- agosto de 2025.
  • Los aportantes que utilizan el tipo de cotizante 12 "Aprendices en etapa lectiva" a partir del 1 de agosto, deberán usar el tipo de cotizante 19 “Aprendices en etapa productiva”, realizando aportes a salud y riesgos profesionales, que serán asumidos el 100% por el empleador
  • Los aportantes que utilizan el tipo de cotizante 19 "Aprendices en etapa productiva" deberán reportarlo como tipo de cotizante 1 - Dependiente con sus respectivos aportes según su obligatoriedad (Salud, pensión, ARL y Parafiscales) se hace distribución de los aportes de la siguiente manera:

Salud: 12.5% del IBC (8.5% empleador, 4% aprendiz)

Pensión: 16% del IBC (12% empleador, 4% aprendiz)

Riesgos laborales: 100% empleador la tarifa dependerá del nivel de riesgos que tenga el aprendiz

Ten en cuenta que estos ajustes se implementarán a partir del 1 de agosto de 2025 para periodos de liquidación julio 2025 en adelante.

Importante:

  1. Se deben adelantar los procesos de afiliación a riesgos de los aprendices que se encuentran en etapa electiva.
  2. Se deben adelantar los procesos de afiliación a Pensión y cajas de compensación de los aprendices que se encuentran en etapa productiva.
  3. Las planillas que tengan cotizantes 12 “aprendices en etapa lectiva” serán eliminadas teniendo en cuenta que es de obligatorio cumplimiento.
  4. Si tienes pagos pendientes de periodos anteriores de Julio de 2025, realízalos con el tipo de cotizantes 12 Aprendices en etapa lectiva o tipo de cotizante 19 aprendices etapa productiva según corresponda.
  5. Es importante precisar que para el cambio de tipo de cotizante 12 – Aprendiz en etapa lectiva” a “19 – Aprendiz en etapa productiva” y de tipo de cotizante “19 – Aprendiz en etapa productiva” a “1 – Dependiente” no le deben reportar la novedad de ingreso al Sistema General de Pensiones y a Subsidio Familiar o riesgos laborales.
  6. Si realizaste el pago de tus planillas con tipo de cotizante 12 o tipo de cotizante 19 para periodos julio-agosto del 2025, ten en cuenta que deberás realizar la corrección de aportes a través de una planilla tipo N correcciones, a fin de dar cumplimiento con lo establecido con el artículo 21 de la Ley 2466 de 2025